Cómo empezar a facturar electrónicamente en Uruguay
Pasar a facturar electrónicamente no es sólo cambiar de programa: es entrar a un régimen de la DGI, con un ingreso, unas pruebas y obligaciones nuevas. Acá están los pasos en el orden en que se dan.
Cómo se entra al régimen
Según el Decreto 36/012, una empresa queda incluida de una de dos formas:
- Porque lo pide y la DGI aprueba la solicitud.
- Porque la DGI la incorpora y se lo notifica. En ese caso hay que cumplir los requisitos en el plazo que la DGI disponga.
Si recibiste la notificación, el plazo ya corre. Si no, igual podés pedir la incorporación cuando quieras.
Los pasos
- Conseguir el certificado digital. Lo expide un prestador acreditado ante la Unidad de Certificación Electrónica y es lo que permite firmar cada comprobante. Suele ser el paso que más demora, así que conviene empezar por acá. Lo explicamos en El certificado digital para facturar.
- Pedir la incorporación ante la DGI. Es una solicitud formal, y los requisitos y el procedimiento los fija la propia DGI.
- Pasar las pruebas. La DGI analiza cada caso y hace las pruebas que considere necesarias antes de autorizar.
- Pedir los CAE. La Constancia de Autorización de Emisión la da la DGI, para cada tipo de comprobante: fija el rango de números que podés usar y hasta qué fecha. Sin CAE vigente para un tipo, ese tipo no se puede emitir.
- Emitir. Desde ese momento, todas las operaciones que correspondan se documentan con comprobantes electrónicos.
Lo que hay que cumplir después
- Enviar los comprobantes a la DGI y mandarle cada día el reporte diario con todos los que usaste.
- Hacerle llegar el comprobante a tu cliente: por vía electrónica si también es emisor electrónico, o con una representación impresa si no lo es.
- Guardar los comprobantes emitidos y recibidos en forma electrónica durante todo el período de prescripción de los impuestos.
- Tener un plan de contingencia. Si el sistema falla, la norma prevé facturar con comprobantes preimpresos de contingencia.
- Vigilar los vencimientos: el del certificado y el de cada CAE. Cualquiera de los dos que venza te deja sin poder emitir.
Qué tipo de comprobante usar
Una vez adentro, cada venta se documenta con e-Factura o con e-Ticket según quién compra. Lo explicamos en e-Ticket o e-Factura: cuál corresponde en cada venta.
Esta guía resume la normativa vigente al 28/10/2026. Sirve para entender el régimen, pero no reemplaza el consejo de tu contador sobre tu caso.
En Negro hacemos la postulación ante DGI con vos, te ayudamos con el certificado y te acompañamos hasta tu primera e-factura. El primer mes es gratis.
Hablar con ventasFuentes
- Decreto 36/012, artículos 3, 4, 7, 8, 10 y 11.
- DGI, Formato del Reporte Diario Consolidado de CFE, versión 13.2.